¿Cuál es la función lógica del Entendimiento en la constitución del
objeto de la experiencia científica?
La Analítica trascendental se va a ocupar entonces de los elementos de
todo nuestro conocimiento a priori que corresponden al Entendimiento.
Como dijimos, la Crítica de la Razón Pura va a ir más allá de la
definición clásica del entendimiento como “facultad de pensar” y va a distinguir
entre Entendimiento y Razón.
En primer lugar, Kant distingue entre afección y función. Como hemos
visto, mediante la Sensibilidad (die Sinnlichkeit) somos afectados por
los objetos, mediante el Entendimiento (der Verstand) los objetos son
pensados. La cuestión es entonces: ¿qué significa pensar? Dice Kant:
Todas las intuiciones,
en cuanto sensibles, se basan en afecciones, mientras que los conceptos lo
hacen en funciones. Entiendo por función la unidad del acto de ordenar diversas
representaciones bajo una sola común. Los conceptos se fundan, pues, en la
espontaneidad del pensamiento, del mismo modo que las intuiciones sensibles lo
hacen en la receptividad de las impresiones. Estos conceptos no los puede
utilizar el entendimiento más que para formular juicios. Como ninguna representación
que no sea intuición se refiere inmediatamente al objeto, jamás puede un
concepto referirse inmediatamente a un objeto, sino a alguna otra
representación de este último (sea tal representación una intuición o sea
concepto también). El juicio es, pues, el conocimiento mediato de un objeto y,
consiguientemente, representación de una representación del objeto (Kant,
Crítica de la Razón Pura, Analítica Trascendental, Sección Primera: A68-B93).
Esto significa que los conceptos son “funciones de unidad” de nuestras
representaciones. Kant considera que podemos reducir la actividad del
Entendimiento a la formulación de juicios y, en ese sentido, definirlo como “la
facultad de juzgar”. Pero para juzgar se necesitan conceptos. De ese modo,
podemos distinguir los elementos con los cuales opera a priori el
Entendimiento: conceptos y juicios. De allí se desprende la división de la
Analítica trascendental en Analítica de los conceptos y Analítica de los
principios: así como los conceptos a
priori posibilitan la reunión de una multiplicidad dada a la intuición en
un “objeto”, los principios a priori representan “formas de enlace”
entre conceptos y, en ese sentido, son las “formas del juicio”.
El entendimiento puro
no sólo se distingue completamente de todo lo empírico, sino incluso de toda
sensibilidad. Constituye, pues, una unidad subsistente por sí misma,
autosuficiente, no susceptible de recibir adiciones exteriores. Por
consiguiente, el conjunto de su conocimiento constituirá un sistema comprendido
y determinado bajo una idea. La completud y la articulación de tal sistema
pueden, al mismo tiempo, suministrar una prueba de la corrección o la
autenticidad de todos los elementos cognoscitivos que entran en él. Toda esta
parte de la lógica trascendental consta de dos libros: el primero contiene los
conceptos del entendimiento puro; el segundo comprende los principios del
entendimiento puro (Kant, Crítica de la Razón Pura, División Primera de
la Lógica trascendental. Analítica trascendental: B90)
La Analítica trascendental se ocupará de descomponer “la capacidad misma
del entendimiento” para investigar el origen de los conceptos a priori y
analizar su uso. Ocuparse de los conceptos como “condiciones a priori”
de pensar los objetos de la experiencia científica es, según Kant, la tarea
propia de una filosofía trascendental. Y la llevará a cabo a partir del
análisis de las distintas formas de juicio, lo que le permitirá deducir la
tabla de las categorías como “conceptos puros”.
Ahora bien, ¿cuál es la función lógica de los conceptos? Si
descomponemos el proceso mediante el cual se produce el acto de conocimiento,
podemos observar que tenemos una multiplicidad dada a la Sensibilidad que
suministra la “materia” de nuestro conocimiento sin la cual los conceptos
permanecerían vacíos. Esta multiplicidad requiere ser “ordenada” bajo las
“formas” a priori de la Sensibilidad que son el espacio y el tiempo. Una
vez que intervienen el espacio y el tiempo, nos encontramos, como hemos visto,
con el “fenómeno indeterminado de la intuición empírica”. Sin embargo, esa
multiplicidad ordenada aún no constituye un objeto de conocimiento si la misma
no es “recorrida, asumida y unida” de una manera determinada mediante un acto
de “síntesis” (Verbindung).
Entiendo por síntesis,
en su sentido más amplio, el acto de reunir diferentes representaciones y de
entender su variedad en un único conocimiento. Semejante síntesis es pura si
la variedad no está dada empíricamente, sino a priori (como la variedad
en el espacio y en el tiempo). Antes de cualquier análisis de nuestras
representaciones, éstas tienen que estar ya dadas, y ningún concepto puede
surgir analíticamente en lo tocante a su contenido. La síntesis de algo
diverso (sea empírico o dado a priori) produce ante todo un conocimiento
que, inicialmente, puede ser todavía tosco y confuso y que, por ello mismo,
necesita un análisis. Pero es propiamente la síntesis la que recoge los
elementos en orden al conocimiento y los reúne con vistas a cierto contenido.
Ella constituye, pues, lo primero a que debemos atender si queremos juzgar
sobre el origen primero de nuestro conocimiento (Kant, CRP, Analítica
trascendental, Analítica de los conceptos, Parágrafo 10: B103).
Y
si bien la síntesis es producida por la imaginación (die Einbildungskraft),
que cumple una función “ciega, aunque indispensable del alma” (einer
blinden, obgleich unentbehrlichen Funktion der Seele), la facultad que
llevará dicha síntesis a conceptos es el Entendimiento. Y será solo por la
acción de este último que obtendremos “conocimiento en sentido propio” (die
Erkenntnis in eigentlicher Bedeutung).
La misma función que
da unidad a las distintas representaciones en un juicio proporciona también a
la mera síntesis de diferentes representaciones en una intuición una unidad
que, en términos generales, se llama concepto puro del entendimiento. Por
consiguiente, el mismo entendimiento y por medio de los mismos actos con que
produjo en los conceptos la forma lógica de un juicio a través de la unidad
analítica, introduce también en sus representaciones un contenido trascendental
a través de la unidad sintética de lo diverso de la intuición; por ello se
llaman estas representaciones conceptos puros del entendimiento, y se aplican a
priori a objetos, cosa que no puede hacer la lógica general (Kant, Crítica
de la Razón Pura, Analítica Trascendental, Analítica de los conceptos, Parágrafo
10: B105).
El concepto puro del Entendimiento es entonces una “función” que da unidad
a las distintas representaciones dadas en una intuición. De ese modo, introduce
en las representaciones un contenido trascendental, puesto que permite la
unidad sintética de la diversidad de la intuición. Ellos se llaman conceptos
puros del Entendimiento porque se aplican a priori a objetos. Puesto que
esa unidad es la misma que les da unidad a las distintas representaciones en un
juicio, habrá tantos conceptos puros referidos a priori a objetos de la
intuición en general como funciones lógicas dentro de la tabla de los juicios
posibles. Kant llamará a estos conceptos como lo hizo Aristóteles: categorías
(del Entendimiento puro).
Los conceptos a priori del Entendimiento tienen carácter
trascendental porque se refieren a los objetos sin haber tomado nada de la
experiencia. Es por ello que exigen una “deducción trascendental” que no se
identifica ni con el proceso de abstracción del que hablaba Locke ni con la
repetición habitual de la que hablaba Hume. Además, puesto que no se necesita
de ninguna intuición (como es el caso de las condiciones a priori de la
Sensibilidad) en cuanto “condiciones para una experiencia posible”, van a ser objeto
de sospecha tanto en lo que concierne a su procedencia como a su validez
objetiva. Al mismo tiempo, Kant aclara que, sin su presencia en el proceso de
conocimiento, no sería posible ni la necesidad ni la universalidad de nuestras
investigaciones científicas. Tomemos, por ejemplo, el concepto de causa.
Si uno quisiera eludir
estas fatigosas investigaciones diciendo que la experiencia ofrece ejemplos
incesantes de semejante regularidad de los fenómenos, ejemplos que bastan para
suscitar la abstracción del concepto de causa y, a la vez, confirmar la validez
objetiva de tal concepto, entonces no se advertiría que es absolutamente
imposible que surja así el concepto de causa. Este o bien debe fundarse
enteramente a priori en el entendimiento, o bien debe ser abandonado por
completo como pura fantasmagoría. En efecto, este concepto exige
inapelablemente que algo, A, sea de tal índole, que otra cosa, B, le siga
necesariamente y según una regla absolutamente universal. Los fenómenos
suministran casos de los que puede extraerse una regla según la cual algo
ocurre habitualmente, pero nunca una regla según la cual la secuencia tenga
carácter necesario. Por ello es igualmente inherente a la síntesis una
dignidad que no es posible expresar empíricamente y que consiste en que el
efecto no sólo se añade a la causa, sino que es puesto por ésta y se sigue de
ésta. La estricta universalidad de la regla no es tampoco una propiedad de
las reglas empíricas. Estas no pueden adquirir por inducción sino una
universalidad comparativa, es decir, una extensa aplicabilidad. Cambiaría,
pues, completamente el uso de los conceptos puros del entendimiento si los
tratáramos como simples productos empíricos (Kant, Crítica de la Razón Pura,
Analítica Trascendental, Analítica de los conceptos, Parágrafo 13:
A91/A92-B123/B124, el subrayado es nuestro).
La deducción trascendental de todos los conceptos a priori implica
que los conceptos no provienen de la experiencia pero que, al mismo tiempo,
deben ser reconocidos como condiciones a priori de la posibilidad de la
experiencia (sie als Bedingungen a priori der Möglichkeit der Erfahrungen erkannt
werden müssen). Y si bien estos conceptos son necesarios, puesto
que no se derivan de la experiencia, y suministran el fundamento objetivo de la
posibilidad de la experiencia, el desarrollo de los mismos en la experiencia en
la que se encuentran, no constituye una deducción, sino una ilustración. Esto
significa que los conceptos se derivan, necesariamente, de la naturaleza del
Entendimiento puro.
En consecuencia, si queremos saber cómo son posibles
conceptos puros a priori hay que analizar cuáles sean las condiciones a
priori de las que depende y en las que se basa la posibilidad de la
experiencia cuando hacemos abstracción de todos los elementos empíricos de los
fenómenos. Un concepto que expresara de modo universal y suficiente esta
condición formal y objetiva de la experiencia recibiría el nombre de concepto
puro del entendimiento (Kant, Crítica de la
Razón Pura, Analítica Trascendental, Analítica de los conceptos: A96).
Ahora bien, una vez que el Entendimiento se halla en posesión de los conceptos
puros, tiene la posibilidad de pensar objetos que pueden no ser dados a la
experiencia, ya que los conceptos son condiciones de una experiencia posible. Sin
embargo, si los conceptos puros del Entendimiento no se utilizan conforme a las
condiciones formales y materiales relativas a una experiencia posible y a su
objeto, nada podríamos pensar a través de ellos, pues se trata de “formas de
pensar” que adquieren “contenido” cuando se ponen en relación con una intuición
(sea empírica, sea pura).
A su vez, si el Entendimiento no contara con los conceptos puros como
condiciones a priori de la experiencia en general, tampoco sería posible
el conocimiento. Porque conocer es llevar a cabo un acto de “síntesis” con los
materiales suministrados por la Sensibilidad y por el Entendimiento. Este acto
intelectual denominado “síntesis” sólo es posible por las funciones del
Entendimiento, esto es, por los conceptos.
Con ello haremos
notar, a la vez, que no podemos representarnos nada ligado en el objeto, si
previamente no lo hemos ligado nosotros mismos, y que tal combinación es, entre
todas las representaciones, la única que no viene dada mediante objetos, sino
que, al ser un acto de la espontaneidad del sujeto, sólo puede ser realizada
por éste. Se advierte fácilmente que este acto ha de ser originariamente uno,
indistintamente válido para toda combinación y que la disolución, el análisis,
que parece ser su opuesto, siempre lo presupone. En efecto, nada puede disolver
el entendimiento allí donde nada ha combinado, ya que únicamente por medio del
mismo entendimiento ha podido darse a la facultad de representar algo que
aparezca ligado (Kant, Crítica de la Razón Pura, Analítica Trascendental,
Analítica de los conceptos, Parágrafo 15: B130).
El acto de síntesis implica reunir la diversidad en una unidad, por eso
decimos que el concepto cumple una función de reunión y de unificación. La facultad
de enlazar (de unificar y de juzgar) es justamente el Entendimiento. La segunda
parte de la Analítica trascendental se ocupará de los principios del
Entendimiento puro como formas a priori del juzgar en general.
La analítica de los
principios no será, pues, más que un canon del Juicio, un canon que le enseña a
aplicar a los fenómenos aquellos conceptos del entendimiento que contienen a
priori las condiciones relativas a las reglas. Por ello, al adoptar como
tema los principios del entendimiento propiamente dichos, utilizaré la
denominación de doctrina del juicio, con lo cual queda especificada la tarea
con mayor exactitud (Kant, CRP, Analítica trascendental, Libro Segundo,
Analítica de los principios: A132-B171).
Kant aclara que el juzgar consiste en “subsumir bajo reglas” un fenómeno
determinado. Y, aunque la lógica general no pueda imponer “normas” a la
facultad de juzgar, la lógica trascendental, por el contrario, tiene como labor
propia el corregir y asegurar el “buen uso” del Entendimiento puro. La
filosofía trascendental, como arte analítico y crítico, establecerá las normas
de uso del Entendimiento puro para evitar pasos en falso.
La filosofía
trascendental tiene la peculiaridad de poder señalar a priori, además de
la regla (o más bien, de la condición universal de las reglas) dada en el concepto
puro del entendimiento, el caso al que debemos aplicarla. El motivo de su
ventaja, en este sentido, respecto de todas las demás ciencias educativas (con
excepción de las matemáticas) reside precisamente en que trata de conceptos que
han de referirse a priori a sus objetos y cuya validez objetiva no
puede, por tanto, ser mostrada a posteriori. En efecto, ello
significaría olvidar su dignidad. La filosofía trascendental debe, más bien,
exponer, a la vez (utilizando características generales, pero suficientes), las
condiciones bajo las cuales pueden darse objetos concordantes con tales
conceptos. De lo contrario, éstos carecerían de todo contenido y,
consiguientemente, serían meras formas lógicas, no conceptos puros del
entendimiento (Kant, Crítica de la Razón Pura, Analítica trascendental,
Libro Segundo, Analítica de los principios: A135/A136-B175).
Ahora bien, si seguimos descomponiendo los elementos de nuestra facultad
cognoscitiva, descubriremos el uso lógico de la Razón (die Vernunft) como
facultad de inferir, partiendo de ciertas proposiciones, una conclusión.
Conceptos, juicios y razonamientos son los elementos en que podemos descomponer
nuestra capacidad racional, elementos que están en la base de la división de la
lógica general.
La lógica general está
construida sobre un plan que coincide exactamente con la división de las
facultades superiores de conocimiento. Tales facultades son: entendimiento,
juicio y razón. Precisamente de acuerdo con las funciones y el orden de las
facultades psíquicas comprendidas bajo el amplio nombre de entendimiento, la
lógica trata, pues, en su analítica, de conceptos, juicios e inferencias. Dado
que la mencionada lógica es meramente formal, hace abstracción de todo
contenido del conocimiento (sea puro o empírico) y se ocupa tan sólo de la
forma del pensar (o sea, del conocimiento discursivo). Por ello puede incluir
en su parte analítica el canon de la razón, cuya forma posee una norma segura,
una norma que puede ser conocida a priori con sólo analizar los diversos
elementos de los actos de la razón, sin tomar en cuenta la peculiar naturaleza
del conocimiento utilizado en ella (Kant, Crítica de la Razón Pura,
Analítica trascendental, Libro Segundo, Analítica de los principios:
A131-B169/B170).
Sin embargo, dice Kant, puesto que el uso trascendental de la Razón no
tiene validez objetiva, la Analítica trascendental, como Lógica de la verdad,
no puede ocuparse de los conocimientos suministrados por ella. Por ello, de la
Razón y de su función se va a ocupar la segunda parte de la Lógica
trascendental, denominada Dialéctica trascendental. Por el momento, no vamos a
entrar a la crítica realizada por Kant, sin embargo, podemos adelantar que,
para caracterizar su uso, es necesario distinguir entre “conceptos del
Entendimiento” e “Ideas de la Razón”.
Sea cual sea la
explicación sobre la posibilidad de los conceptos procedentes de la razón pura,
se trata de conceptos inferidos, no obtenidos por simple reflexión. Los conceptos
del entendimiento son también pensados a priori con anterioridad a la
experiencia y van destinados a ésta. Pero no contienen más que la unidad de la
reflexión sobre los fenómenos en el sentido de que éstos han de pertenecer
necesariamente a una posible conciencia empírica. Sólo mediante estos conceptos
es posible conocer y determinar un objeto. Ellos son, pues, los que dan
previamente materia a la inferencia. Antes de ellos no hay conceptos a
priori de objetos, conceptos de los que ellos pudieran derivarse. Al
contrario, su realidad objetiva se basa exclusivamente en que, dado que
constituyen la forma intelectual de toda experiencia, siempre ha de ser posible
mostrar su aplicación en ésta. Sin embargo, -la denominación «concepto de
razón» muestra ya de antemano que éste no permite que se lo confine a la
experiencia, pues se refiere a un conocimiento del que todo conocimiento
empírico es sólo una parte (quizá la totalidad de la experiencia posible o de
su síntesis empírica); aunque ninguna experiencia real llegue plenamente a tal
conocimiento, siempre pertenece a él. Los conceptos de la razón sirven para concebir,
al igual que los del entendimiento sirven para entender (las percepciones). Si tales
conceptos contienen lo incondicionado, se refieren a algo bajo lo cual está
comprendida toda experiencia, pero sin ser nunca un objeto de experiencia, algo
hacia lo cual se dirige la razón en sus inferencias a partir de la experiencia
y a la luz de lo cual evalúa y mide el grado de su uso empírico, pero sin que
ello constituya jamás un miembro de la síntesis empírica. Si esos conceptos
poseen, no obstante, validez objetiva, podemos llamarlos conceptus ratiocinati
(conceptos correctamente inferidos). En caso contrario, se han deslizado
gracias a una inferencia ficticia, y podemos llamarlos conceptus ratiocinantes
(conceptos sofísticos), Pero, dado que este problema sólo puede ser resuelto en
el capítulo sobre las inferencias dialécticas de la razón pura, no lo tendremos
en cuenta ahora. De momento, tal como hicimos al denominar categorías a los
conceptos puros del entendimiento, daremos a los conceptos de la razón pura un
nuevo nombre y los llamaremos ideas trascendentales, denominación que vamos
ahora a explicar y justificar (Kant, Crítica de la Razón Pura, Lógica
Trascendental, Segunda Parte, Dialéctica Trascendental: A310/311-B367/B368, el
subrayado es nuestro).
Como vemos, la Razón es la facultad de inferir conceptos que no se
refieren directamente a objetos y, en esa operación, ir más allá de la
experiencia posible. Pero, con esa acción puede incurrir en errores lógicos o
en errores de índole trascendental, esto es, referidos a la manera que tenemos
de conocer a los objetos de una experiencia posible. Pero ese será el tema
específico de la Dialéctica trascendental, de la que no nos vamos a ocupar por
el momento.
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